Planes MILENIO

Podrá ser titular de Cuenta de Ahorros toda persona natural, asociada a FEVAL, de acuerdo con las normas estatutarias existentes y destinar sus cuentas de ahorro para si mismo o para sus hijos, nietos o hermanos menores de 25 años.

Apertura: El depósito inicial, así como el saldo mínimo a favor de un titular de cuenta de ahorros, no podrá ser inferior al 2% (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente), aproximado al múltiplo de MIL (1000) más cercano.

Compromiso de Ahorro: Descuento por nómina en cuotas quincenales o mensuales sucesivas ó depósitos a las cuentas de ahorro, mediante consignación o transferencias electrónicas a las diferentes cuentas bancarias de FEVAL.
 

  • Cuenta de AHORROS Bancolombia N° 2079 1940514
  • Cuenta CORRIENTE Helm Bank N° 005 072 475
  • Cuenta CORRIENTE Banco de Bogotá N°  024177222 

En este caso, el Asociado deberá legalizar este abono a más tardar el tercer día hábil siguiente a la transacción, en caso contrario se reconocerán los intereses a partir del fecha en que el Fondo de empleados reciba la legalización del depósito.

Interés: 7,00% N.A

Retiros: Por cualquier de las siguientes opciones:

1.  Fonofeval o sucursal virtual (ver instructivo)

2.  Descargar la solicitud de retiro, diligenciar y enviar vía correo interno a la oficina de Feval en Bogotá.

El valor solicitado será desembolsado 24 horas despues de realizada la solicitud.

Cuando se realicen abonos a la cuenta Plan Milenio a través de consignaciones bancarias, éstas deben ser reportadas directamente a tesoreriafeval@alpina.com.co

*Es importante tener en cuenta que la solicitud de retiro de ahorros por Asociado que sea superior a $30.000.000 (Treinta millones de pesos m/cte) será abonado  en el curso de 3 (tres) días hábiles a partir de la fecha de solicitud teniendo en cuentra nuestra disponibilidad de fondos.

Tenga en cuenta que:

  • FEVAL no se hace responsable por el retiro de fondos por personas distintas al Titular de la Cuenta.
  • El monto mínimo de retiros corresponde al 5% del SMMLV, ahora $29.000  
  • Cuando el asociado requiera realizar más de un retiro mensual de cualquiera de sus cuentas de ahorro del producto Plan Milenio se cobrará el costo de la transacción ($5.000), y en caso que el retiro sea en cheque se cobrará adicionalmente el costo del mismo.
  • Cuando el asociado requiera realizar más de un retiro mensual de cualquiera de sus cuentas de ahorro del producto Plan Milenio para hacer abonado a la cuenta feval diario se cobrará el costo de la transacción ($2.500).
  • No se genera cobro de $2.500 por segunda transaccion a cuentas Feval Diario.
  • Se debe incluir la recomendación de retiros por valor mayor a $30.000.000.

Monto: El valor máximo a mantener en las cuentas de Ahorro voluntario Plan Milenio (Tradicional y Hijos), por cada asociado es la suma de Trescientos (300) SMMLV.

Varios: Las cuentas destinadas a los hijos, nietos o hermanos de los asociados a Feval serán saldadas cuando estos cumplan 25 años; el saldo podrá trasladarse a cualquier otra de las cuentas vigentes de dicho asociado, o devolverse de acuerdo con la autorización del titular.

El titular de la cuenta de ahorros podrá autorizar a FEVAL para debitar de su cuenta el valor de las cuotas de las obligaciones que haya adquirido por las líneas de crédito.

Reglamento ahorro a la vista.

Formatos: 
Apertura
Novedades
Legalización de consignaciones

___________________________________________________________________________

CDAT´s

Por Certificado de Depósito de Ahorro a Término, se entiende la operación mediante la cual un asociado deposita en el Fondo de Empleados una suma de dinero a un plazo determinado y con una tasa de interés establecida de común acuerdo entre las partes.

Periodos: La duración de los CDAT no podrá ser inferior a 90 días

Monto Mínimo: 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes. La Administración se reserva el derecho de aceptar depósitos de ahorro a término de sus asociados, de acuerdo con las circunstancias del momento.

Expedición del Certificado: Al momento del depósito, se expedirá al asociado ahorrador un certificado CDAT, de carácter nominativo pre-numerado consecutivamente, en el que figure: Nombre del Titular, Documento de Identificación, Ciudad, Fecha de Constitución, Fecha de Vencimiento, Valor, Plazo, Tasa de Interés y firmas del Representante Legal de el Fondo.

Intereses: El Fondo reconocerá una tasa de interés convenida previamente entre las partes, dentro de los periodos estipulados, la cual será determinada por la Junta Directiva de acuerdo con el comportamiento del mercado.

 PLAZO  TASA N.A
 90 días            7,75%
 180 días   8,25%
 360 días   9,00%
 720 días   10,00%

Redención de CDAT:  Este certificado solo será pagado contra entrega del CDAT a Feval. El vencimiento del CDAT, ocurrirá el día  hábil siguiente. Sin embargo el asociado deberá comunicar al Fondo su interés de retirar su depósito al vencimiento del mismo, en caso contrario el Fondo podrá unilateralmente cancelar el depósito o prorrogarlo por un periodo igual al inicial pactado; pudiendo adicionalmente el Fondo reajustar discrecionalmente la tasa de interés convenida en el certificado original.

  • Para la devolución del depósito, el titular deberá presentar al Fondo el original del Certificado de Depósito de Ahorro a Término CDAT.
  • Por regla general el CDAT no se cancelará antes de su vencimiento.
  • Sin embargo cuando el asociado ahorrador tenga que atender necesidades económicas y no pueda solucionarlas por otros medios, debidamente demostrado, El Fondo podrá comprar a descuento el Certificado de Depósito de Ahorro a Término a la tasa de DTF, sin que ésta sea mayor a la reconocida en ese momento por los ahorros a la vista.
  • El pago de un Certificado de Depósito de Ahorro a Término, CDAT podrá hacerse al titular del respectivo derecho o a quien éste autorice por escrito, adjuntando su documento de identidad y el título correspondiente.

Características CDAT: en su condición de Certificado de Depósitos de Ahorro a Término, no es un título valor y en consecuencia no es susceptible de endoso.

El titular del Certificado será responsable de su custodia y buena conservación. La pérdida o extravío del certificado obligará al titular a formular denuncia ante la autoridad competente y deberá ponerse en conocimiento del Fondo de Empleados, inmediatamente se conozca el hecho, so pena de asumir el beneficiario los riesgos de cobro inmediato.

El reemplazo por extravío, facultará al Fondo de Empleados para exigir las garantías que estime convenientes para salvaguardar sus intereses y el titular estará obligado a constituirlas al ser requerido por el Fondo.

 

Cuando se realicen abonos para apertura de CDAT  a través de consignaciones bancarias, éstas deben ser reportadas directamente a tesoreriafeval@alpina.com.co

 

Formato: Legalización Consignaciones

 

___________________________________________________________________________

Destinación Específica

Se entiende por servicio de ahorro contractual con destinación específica, la transacción por la cual un asociado deposita voluntariamente en "FEVAL", una cantidad de dinero para ser reintegrado a este, dentro de un plazo determinado con una tasa de interés acordada previamente, cuyos términos requisitos y demás condiciones constan en el contrato de ahorro programado suscrito entre las partes.

El titular del ahorro contractual deberá ser necesariamente asociado a "FEVAL", con una antigüedad mínima de dos meses. 

Monto: El asociado se debe comprometer a ahorrar una suma total, cuya cuota fija mensual deberá ser como mínimo el 10% del salario mínimo legal vigente aproximado al múltiplo de mil más cercano. 

Destinación: Vivienda, Educación y Vacaciones. 

Plazo: El plazo de ahorro no deberá ser inferior a 6 meses, con un máximo de tres (3) renovaciones iguales al periodo inicialmente pactado y su recaudo se podrá llevar a cabo por descuentos de nómina, para lo cual el asociado firmará la autorización correspondiente. Los ex empleados, pensionados y aquellos asociados que establezcan su ahorro contractual con destinación especifica por caja, deberán hacer el pago de la cuota acordada, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes junto con las demás obligaciones que tengan con Feval, en su defecto deberán completar la suma previamente definida antes del vencimiento del plazo. 

Intereses: "FEVAL" reconocerá intereses acumulados al capital inicial, los cuales se redimirán al finalizar el plan respectivo, junto con el capital ahorrado. Tasa 9,0% N.A

Esta tasa de interés será la determinada por la Junta Directiva, dependiendo de las condiciones económicas del país y el comportamiento del mercado financiero, para los periodos subsiguientes con previa información al asociado.

Renovación: El contrato puede ser renovado automáticamente por las partes a su vencimiento, por un periodo igual al inicialmente pactado, hasta por tres (3) veces, en caso contrario el asociado deberá manifestar por escrito a "FEVAL", su voluntad de no renovarlo, antes de su vencimiento.

Terminación Anticipada: En caso de que el asociado desee dar por terminado el contrato de ahorro antes del plazo pactado, deberá solicitarlo por escrito con quince (15) días de anticipación a "FEVAL" quien liquidará los intereses respectivos con dos (2) puntos porcentuales por debajo de la tasa nominal anual de interés inicialmente pactada, cuando la destinación del ahorro sea diferente a la inicialmente acordada.

   

 
 
 
 
 
 
 
 
 
   
(57 + 1) 423 86 01 | Líneas Corporativas 33825 - 1111 | 01 8000 52 48 00 | Fax. (57 + 1) 423 86 01 Extensión 1294
Bogotá Cra. 85D # 46A - 65 San Cayetano, Bodega 27 Sopó Cra. 4 Zona Industrial Alpina
 
Para la mejor visualización de este sitio web, utilizar internet explorer 7 o superior, Mozilla Firefox 3 o superior